Las Operaciones Complementarias para lo cual esta autorizada a realizar FEDPA son las siguientes:
- Suministrar servicios para la integración horizontal, fondos de retiros, cesantías, pensiones y jubilaciones especiales, cesión de las planillas ante entidades públicas y privadas, asociación con otras personas jurídicas para actividades licitas, asociación con entes estatales en actividades relacionadas con la prestación de servicios públicos y prestación de servicios con terceros.
- Servicio de recibo y envió de remesas.
- Ventas de productos de seguros en general.
- Venta de útiles y materiales de oficina.
- Servicio de Procesamiento de Planillas o descuentos.
- Servicio de Corresponsalía no Bancaria.
- Servicio de Consultoría y asesoría.
- Servicio Transaccional de Medios Electrónicos de Pago.
- Servicio de Administración y Operación de Cajeros Automáticos (ATM).
- Servicio de Administración y Operación de Puntos de Ventas (POS).
- Cualquier otra Operación Complementaria que beneficie a la Federación o a las cooperativas afiliadas aportantes, no afiliadas y miembros adherentes, siempre que sea aprobada por la Junta de Directores de FEDPA.